Mecanismo RED

EL Mecanismo RED viene regulado en el artículo 47 bis del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Esta novedad fue introducida por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

Su finalidad es la de proporcionar una herramienta a las empresas que les permitan ajustes internos ante situaciones de crisis, cambios en la demanda cíclicos o transformaciones de modelo productivo a nivel sectorial. Su activación permite a las empresas adoptar medidas de reestructuración temporal de empleo -reducciones de jornada y suspensiones de contrato- con un régimen específico.

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